Enlace al manifiesto y poder adherirse: https://justiciapoetica.org/el-juicio-final/
MANIFIESTO DE LA ASOCIACIÓN JUSTICIA POÉTICA EL JUICIO FINAL
La Asociación Justicia Poética, con CIF G-74447921 a la vista de la corrupción política, judicial y administrativa que infecta y alcanza a todas las estructuras de nuestro Estado de Derecho, mediante el presente manifiesto convoca a toda la ciudadanía a la formación de una plataforma de adhesión que permitirá la reforma constitucional necesaria sometida a referéndum para devolver la soberanía al pueblo de forma permanente en un modelo de democracia directa, con las herramientas y controles necesarios para imposibilitar en el futuro toda clase de corrupción. Los firmantes del presente manifiesto que no representa ideología alguna, más allá de compartir el espíritu y la esencia del mismo, no adquieren compromiso alguno hasta que se alcancen los 8 millones de firmas válidas, cifra de adhesiones que se considera suficiente para conformar una mayoría bastante que garantice la viabilidad de la reforma constitucional que se pretende. Hasta que los 8 millones de adhesiones se alcancen, la Asociación Justicia Poética promoverá, con arreglo a sus estatutos y en base a sus recursos, cuantos juicios pueda afrontar para combatir la corrupción política, judicial y administrativa conforme a lo que se establece en sus estatutos. Alcanzada o superada la cifra de 8 millones de firmas automáticamente la Asociación Justicia Poética activará el que se conocerá como el “JUICIO FINAL”, el de toda la ciudadanía al sistema, y por el que los firmantes, solo en caso de aunar más de 8 millones de voluntades, se comprometen con la siguiente hoja de ruta:
I. Obtenidas 8 millones de firmas de adhesión al manifiesto, la Asociación Justicia Poética, con la antelación justa y necesaria para concurrir a las siguientes elecciones generales que se vayan a celebrar, registrará la Plataforma del Juicio Final que se presentará en todas y cada una de las circunscripciones electorales. Para la conformación de las listas electorales, el notario registrante del presente manifiesto, o cualquier otro a elección de la Asociación Justicia Poética en caso de que aquél se haya jubilado o haya fallecido, mediante sorteo establecerá un sistema correlativo por el que se designará a los ciudadanos y el orden en que concurrirán en cada circunscripción. Todo ciudadano seleccionado en el sorteo puede renunciar a concurrir en las listas en cuyo caso su puesto pasará al siguiente en el orden establecido notarialmente.
II. Todos los ciudadanos que finalmente obtengan en las elecciones su acta de diputado se comprometen a la estricta ejecución del programa fijado en el apartado III. del presente manifiesto. Mientras perdure su condición de diputados, los ciudadanos electos firmantes del presente manifiesto conservarán de su remuneración como diputados el equivalente a 1,5 veces el salario mínimo interprofesional comprometiéndose a la donación del resto a cualquier organización sin ánimo de lucro de su elección con la que no tengan vinculación directa ni indirecta.
III. Celebradas las elecciones los ciudadanos electos y con escaño en representación de la Plataforma del Juicio Final se comprometen según cual sea el escenario a:
a) Si la Plataforma no gana las elecciones, automáticamente todos sus componentes renunciarán a sus actas de diputado dejando durante toda esa legislatura sus asientos vacíos en representación de esa parte de la ciudadanía que renuncia a participar del sistema corrupto que tenemos.
b) Si la Plataforma gana las elecciones pero sin mayoría suficiente para formar gobierno, promoverá una investidura a través de la cual poder informar a la ciudadanía de la corrupción política y la perversión del sistema y tras resultar fallida la misma, procederá como en el apartado a).
c) Si la Plataforma gana las elecciones con mayoría absoluta pero sin mayoría de 2/3 en la Cámara, que es la necesaria para una reforma constitucional, formará gobierno, planteará al resto de fuerzas políticas la reforma constitucional que se contempla en el apartado d) del presente manifiesto y en caso de no salir adelante, automáticamente disolverá las Cortes y convocará nuevas elecciones.
d) Si la Plataforma gana las elecciones con mayoría absoluta superior a 2/3 de la Cámara promoverá la siguiente reforma constitucional, tras cuya aprobación disolverá las Cortes y convocará nuevas elecciones: 1. Toda corrupción política se origina en la impunidad de los políticos fruto de su aforamiento y en el poder que tienen para enriquecerse mediante el cargo que ostentan, bien directamente a través de salarios desorbitados y multitud de prebendas y complementos injustificados, o bien a través de la corrupción que les permite el poder que aglutinan. El error es del sistema: un político debe ser un SERVIDOR PÚBLICO y es el pueblo el que debe conservar en todo momento el poder de forma real y directa. El cáncer son los políticos de profesión. La motivación para ser político ha de ser la vocación de servicio a los demás y la satisfacción de hacer algo por tus semejantes, jamás un salario. Para representar la voluntad de sus conciudadanos no se necesita ninguna cualificación especial, tan solo honestidad. Si la política deja de ser por un lado una actividad impune y deja de ser por otro lado una forma de enriquecimiento, sólo quedarán los verdaderamente dispuestos a servir. A tal fin se reformará el art. 6 de la Constitución, que añadirá el siguiente párrafo: “Los representantes electos de la voluntad popular, ya lo sean en convocatorias electorales locales, autonómicas o generales, percibirán una remuneración fija por su cargo nunca superior a 1,5 veces el Salario Mínimo Interprofesional. Mediante Ley Orgánica podrá regularse un complemento variable que otorgará o no la ciudadanía con carácter mensual mediante un sistema de democracia directa y que podrá elevar la remuneración de cualquier cargo de elección popular hasta un máximo de 3 veces el Salario Mínimo Interprofesional”; Se reformará igualmente el art. 71 de la Constitución para eliminar el aforamiento de Diputados y Senadores, artículo que pasará a tener únicamente dos puntos:
“1. Los Diputados y Senadores gozarán de inviolabilidad por las opiniones manifestadas en el ejercicio de sus funciones.
2. Los Diputados y Senadores no gozarán de aforamiento de ningún tipo y responderán de sus actos con sometimiento a la jurisdicción ordinaria y al juez predeterminado por la Ley como cualquier otro ciudadano.” Finalmente se reformará el art. 102 de la Constitución que pasará a tener un único punto a fin de eliminar el aforamiento del presidente y los miembros del gobierno y quedará del siguiente modo: “La responsabilidad criminal del Presidente y los demás miembros del Gobierno será exigible con sometimiento a la Jurisdicción Ordinaria y al Juez predeterminado por la Ley como el resto de ciudadanos.” 2. La segunda causa de corrupción es el uso fraudulento de dinero público. Y ello es posible porque la ciudadanía no tiene posibilidad de control alguno sobre los recursos públicos. El dinero público es de los ciudadanos y resulta insólito que el pueblo no pueda consultar a tiempo real las cuentas de su dinero. ¿Se imagina alguien tener una cuenta de dinero propio sin que le dejen ver que está ocurriendo en esa cuenta? Pues eso ocurre con los recursos públicos que son de todos nosotros. Si todos los ciudadanos pudieran acceder en tiempo real a qué está ocurriendo con todos y cada uno de los euros de dinero público, la corrupción y el uso fraudulento de recursos públicos serían prácticamente imposibles. A tal fin se reformará el art. 128 de la Constitución, que añadirá el siguiente párrafo: “Las cuentas públicas serán de libre acceso por cualquier ciudadano en tiempo real. A tal fin se habilitará una aplicación de libre consulta en la que figurarán todas las administraciones locales, autonómicas y estatales con sus respectivas cuentas”.
3. La nula participación de la ciudadanía en los procesos democráticos más allá de depositar un voto cada 4 años es uno de los principales problemas del sistema de partidos. La tecnología ya posibilita la democracia directa en las cuestiones esenciales a través del voto telemático mediante el DNI electrónico o los certificados digitales de la casa de moneda y timbre. Y es la necesaria implicación de todos los ciudadanos en las decisiones políticas lo único que puede garantizar una Democracia real. Y la participación directa de la ciudadanía en la aprobación de las leyes que regirán nuestra convivencia es el único mecanismo que puede limitar los abusos legislativos y dotar de contenido efectivo la iniciativa legislativa popular. A tal fin se reformará el art. 81 de la Constitución que incluirá un nuevo apartado 1 (pasando los actuales apartados 1 y 2 ser los apartados 2 y 3 tras la reforma) del siguiente tenor literal: “La aprobación, modificación o derogación de toda norma con rango de Ley, deberá ser sometida a la votación de la ciudadanía. A tal fin se habilitará una aplicación de voto telemático y todo ciudadano con derecho constitucional a voto podrá emitir el suyo en el día fijado para la votación en el Congreso de los Diputados. Contabilizado el voto ciudadano, éste supondrá el porcentaje equivalente a los votos válidamente ejercitados de entre el total de votantes convocados. El porcentaje restante se asignará a los votos de los Diputados, que representarán a aquellos ciudadanos que hayan hecho dejación de su derecho a votar”. Nunca más los ciudadanos podremos quejarnos de los políticos. Tendremos en todo momento el control de nuestro propio destino. Será nuestra entera responsabilidad implicarnos en aquello que nos afecta a todos. Ya no cabrá echarle la culpa a un partido político u otro.
4. La politización del Poder Judicial, la nula separación de poderes y la instrumentalización del Ministerio Fiscal por cada gobierno de turno ha llevado a una completa desafección de la ciudadanía respecto a un pilar tan fundamental de una Democracia como es la Justicia. El art. 117 de la Constitución establece muy claramente que “La Justicia emana del pueblo”. Impedir que la Justicia esté en manos de los partidos políticos es esencial para preservar el Estado Democrático de Derecho. A tal fin se reformará el art. 122.3 de la Constitución que quedará redactado del siguiente modo: “El Consejo General del Poder Judicial estará integrado por el Presidente del Tribunal Supremo, que lo presidirá, y por veinte miembros nombrados por el Rey por un período de cinco años. Los veinte miembros serán elegidos por la ciudadanía en un proceso electoral de circunscripción única. Doce entre todos los Jueces y Magistrados de todas las categorías judiciales mediante lista única y abierta. Los ocho restantes entre abogados y otros juristas de reconocida competencia y con más de quince años de ejercicio en su profesión, que se postulen a ello conforme se establezca en la Ley Orgánica del Poder Judicial, mediante lista única y abierta. A tal fin se habilitará una aplicación de voto telemático para que todo ciudadano con derecho constitucional a voto pueda participar de la elección del Consejo General del Poder Judicial.” Se reformará igualmente el art. 124.2 de la Constitución que quedará redactado del siguiente modo: “El Ministerio Fiscal ejerce sus funciones por medio de órganos propios conforme al principio de independencia y con sujeción, en todo caso, a los de legalidad e imparcialidad.” Del mismo modo se reformará el art. 124.4 de la Constitución que quedará redactado del siguiente modo: “El Fiscal General del Estado será nombrado por el Rey por un periodo de 5 años y será elegido por la ciudadanía de entre todos los miembros de la carrera Fiscal mediante lista única y abierta en el mismo proceso electoral de circunscripción única que dé lugar a la elección de los miembros del Consejo General del Poder Judicial.” Aprobada la reforma constitucional tras ser sometida a referéndum, se llevará a cabo específicamente la modificación de la Ley Orgánica del Poder Judicial, del Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal y de cualquier otro cuerpo normativo que entre en conflicto con la nueva Constitución Española para adecuarlos a ella. Ningún cambio llegará con nuevos partidos porque el problema no es un partido u otro, el problema es el sistema. La solución solo puede llegar cuando el sistema garantice que a los partidos políticos únicamente les moverá la voluntad de servicio público y que en ningún caso podrán suplantar la soberanía popular, ni arrebatarnos el poder a quienes únicamente nos pertenece: la ciudadanía en su conjunto. La Asociación Justicia Poética en el ejercicio de su actividad seguirá promoviendo cuantos juicios pueda asumir conforme a sus recursos para combatir el abuso y la corrupción en los términos expresados en sus Estatutos. Y paralelamente habilitará los sistemas oportunos de recogida de firmas de adhesión al presente manifiesto, tanto de forma física como telemática garantizando la protección de datos conforme a la normativa vigente. El juicio final será el de la gente. Cambiemos el sistema y a ver cuántos de aquéllos que dicen estar en política para hacer algo por lo demás se quedan con las nuevas reglas del juego.
#ElJuicioFinalSeAcerca
En Oviedo, a 1 de enero de 2019
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