STOP ECOCIDIO

Más de una treintena de especialistas de América Latina han presentado una Ley Modelo de Ecocidio para servir de referencia para futuras reformas legales y que pretende combatir la impunidad frente a los daños ambientales más graves y reforzar la protección de comunidades y ecosistemas amenazados.

Una nueva herramienta frente a la destrucción ambiental

América Latina alberga algunos de los ecosistemas más importantes del planeta: la Amazonia, los bosques mesoamericanos, los glaciares andinos y una biodiversidad única. Sin embargo, también es al mismo tiempo, una de las regiones donde los conflictos ambientales, la explotación extractiva de recursos naturales y la violencia contra quienes defienden la tierra se han vuelto más frecuentes.

Redactada por 31 expertos de 14 países y presentada en la Ciudad de México el 1 de octubre, la Ley Modelo ya ha recabado la atención a nivel mundial y está generando propuestas. La misma adapta la definición internacional a los sistemas jurídicos de Latinoamérica, lo que brinda a los Estados un punto de partida práctico para incorporar el ecocidio en las legislaciones nacionales.

¿Qué es exactamente el Ecocidio?

El concepto de Ecocidio busca reconocer jurí­dicamente los daños más graves contra la naturaleza. Según la definición elaborada por un panel internacional de expertos en 2021, es cualquier acto ilí­cito o arbitrario realizado con conocimiento de que existe una alta probabilidad de causar daños graves, extensos o duraderos al medio ambiente.

Ciertos daños ambientales son tan devastadores para ecosistemas y las comunidades que dependen de ellos, que deberí­an considerarse una de las formas más graves de criminalidad.

Actualmente, el objetivo internacional es que el Ecocidio llegue a reconocerse como un crimen perseguible, incluso por la Corte Penal Internacional.

¿Qué propone la Ley Modelo?

  • La tipificación del ecocidio como delito penal.
  • La persecución de daños ambientales graves, extensos o duraderos.
  • La responsabilidad de personas fí­sicas y jurí­dicas.
  • Medidas contra la impunidad.
  • Protección reforzada para comunidades afectadas y defensores ambientales.
  • Sanciones que podrí­an incluir penas de prisión, inhabilitaciones y revocación de licencias.

Sus promotores insisten en que la propuesta no pretende frenar toda actividad económica, sino establecer límites frente a la destrucción irreversible de ecosistemas.

Más que derecho ambiental: una cuestión de derechos humanos

Cuando desaparece un bosque, un río, un mar o una fuente queda contaminada, o un humedal se degrada hasta volverse irreconocible, no solo se pierde naturaleza, sino que cambia la forma de vida de quienes dependen de ella.

Por eso, los delitos ambientales más graves no son únicamente un problema ecológico, sino también una amenaza para los derechos humanos y la justicia social.

Europa se mueve, aunque evita la palabra “Ecocidio”

La Unión Europea, en 2024, aprobó una nueva directiva sobre delitos ambientales que obliga a los Estados miembros a reforzar la persecución penal de los daños ecológicos especialmente graves. Se reconoce que determinadas conductas pueden ser comparables al Ecocidio, aunque evita convertir dicho término en una categorí­a penal.

Bruselas considera que ciertos ataques contra los ecosistemas deben recibir una respuesta penal mucho más contundente que la existente hasta ahora.

Bélgica es la única en incorporar explí­citamente el delito de ecocidio a su Código Penal. La reforma fue aprobada en 2024 y prevé penas de hasta veinte años de prisión para los casos más graves de destrucción ambiental.

Aunque también otros países ya están dando pasos para introducir el Ecocidio en sus legislaciones, como Irán, Dinamarca, Croacia, Italia, Alemania o Finlandia.

¿Y España?

España cuenta con delitos contra el medio ambiente en su Código Penal, pero no reconoce actualmente el Ecocidio como una figura penal específica.

Quienes defienden la introducción de este delito sostienen que la contaminación puntual, la gestión ilegal de residuos o determinadas infracciones ambientales no reflejan adecuadamente situaciones de devastación ecológica a gran escala, cuyos daños pueden ser irreversibles.

Además, España deberá adaptar su normativa a la nueva directiva europea sobre delitos medioambientales, lo que abre un debate sobre si limitarse a cumplir las exigencias mínimas de la Unión Europea o dar un paso más allá y avanzar hacia una regulación más próxima al concepto de Ecocidio.

El catástrofe ecológica del Mar Menor o la de Aznalcóllar, vertidos tóxicos del embalse de Flix, contaminación industrial acumulada en la ría de Huelva, incendios forestales de enorme impacto ecológico o los conflictos asociados a proyectos extractivos y urbanísticos, incluso la implantación de biometano o macroplantas solares, que afecta a espacios protegidos, muestran hasta qué punto determinados daños ambientales pueden transformar la vida de las personas y comunidades, poniendo en riesgo no solo sus recursos económicos, sino la vida y equilibrio con el entorno.

El precedente del Mar Menor

El reconocimiento de personalidad jurí­dica al Mar Menor convirtió a España en una referencia internacional en materia de protección ambiental.

Sin embargo, esta innovación jurí­dica actúa principalmente desde la perspectiva de los derechos del ecosistema. El debate sobre el Ecocidio plantea una cuestión diferente, establecer mayores responsabilidades penales para quienes provoquen daños especialmente graves sobre ella.

Mientras una herramienta amplí­a la capacidad de defensa jurí­dica de los ecosistemas, la otra busca endurecer las consecuencias para quienes los destruyen.

Daños graves contra la naturaleza que plantean una mayor responsabilidad penal

La destrucción masiva de ecosistemas no es sólo una preocupación exclusivamente medioambiental, pasa a convertirse en una cuestión de derechos humanos, salud pública y justicia intergeneracional.

Quienes viven en cualquier territorio transformado por actividad humana ya sea junto al Amazonas o El Mar Menor, conocen una realidad que el derecho apenas empieza a abordar: algunos daños medioambientales no se reparan simplemente con una multa.

La pregunta queda abierta: ¿deben los mayores ataques contra la naturaleza seguir tratándose como simples delitos medioambientales o ha llegado el momento de considerarlos un crimen contra la naturaleza?

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